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Transparencia en Cuba: Del precepto legal a la cultura de la participación

La reciente publicación en la Gaceta Oficial de la Ley n.º 168, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en enero de 2026, marca un hito en el perfeccionamiento de nuestra institucionalidad. Sin embargo, como toda herramienta jurídica de vanguardia, su éxito no se decretará en los despachos, sino en su capacidad para dinamizar la relación entre las instituciones y el pueblo, protagonista real de nuestro sistema político.

Cuando la Asamblea Nacional aprobó esta norma en julio de 2024, se consolidaba un ciclo legislativo coherente con la Constitución de 2019 y la Ley de Comunicación Social (Ley 162/2023). Esta última, vigente desde finales de 2024, ya había definido el camino: la comunicación en Cuba no puede ser un proceso vertical ni «mediocéntrico», sino un entramado donde lo organizacional, lo mediático y lo comunitario convergen para servir al ciudadano.

Romper el muro del secretismo.

La Ley n.º 168 viene a fortalecer un derecho esencial: solicitar y recibir información veraz del Estado. Durante años, el acceso a datos públicos transitó con frecuencia por los senderos de la subjetividad o la «buena voluntad» del directivo de turno. Hoy, el escenario cambia. La ley establece plazos claros —15 días hábiles para responder— y, lo más importante, mecanismos de reclamación administrativa y judicial.
Uno de los mayores aciertos es la amplitud de sus sujetos obligados. No se limita a las estructuras estatales; alcanza a organizaciones de masas, sociales y entidades privadas que gestionen fondos públicos. Es un reconocimiento explícito de que la transparencia debe ser el cristal a través del cual se mire todo lo que pertenece a la nación.

Resulta vital la incorporación del principio de la prueba del daño. Bajo esta óptica, la confidencialidad no puede ser un refugio para la ineficiencia. Si una institución niega información por razones de seguridad o interés público, debe fundamentar con rigor el perjuicio real que causaría su divulgación. Invocar la «seguridad del Estado» de forma genérica ya no es un recurso válido para silenciar lo incómodo.
Como ha señalado Ricardo Ronquillo Bello, presidente de la UPEC, los medios cuentan ahora con un escudo legal para exigir información y oxigenar la agenda pública. Sin embargo, la norma es solo una «sombrilla». El verdadero reto es derribar la cultura del secretismo que aún sobrevive en sectores de la burocracia.

La Estrategia de Comunicación Política del país es clara: credibilidad, empatía y resiliencia. Pero la credibilidad no se hereda; se gana en el ejercicio cotidiano de la rendición de cuentas. La transparencia es, en última instancia, un mecanismo de control popular.
La ley entrará plenamente en vigor en julio de 2026. Estos 180 días de preparación son críticos. No basta con capacitar a los funcionarios; es preciso que el ciudadano se apropie del derecho, lo conozca y lo ejerza con la responsabilidad que exige nuestra sociedad.
La transparencia no es un fin, sino el medio para una gestión pública más eficiente y cercana. Cada dato publicado proactivamente y cada respuesta honesta a un ciudadano serán pasos firmes hacia ese Estado Socialista de Derecho que nos hemos propuesto consolidar.