La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) precisó recientemente las normas que deben cumplir los trabajadores por cuenta propia en materia de contabilidad, según el nivel de ingresos que obtengan al año.
De acuerdo con la Resolución 272 de 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios, quienes superen los 500 000 pesos cubanos de ingresos anuales están obligados a llevar contabilidad formal, con base en las Normas Cubanas de Información Financiera. En cambio, quienes no alcancen esa cifra deben registrar sus operaciones en el Control de Ingresos y Gastos, ya sea de forma manual o mediante aplicaciones informáticas.
La normativa establece además que estos registros deben elaborarse en idioma español, dentro del territorio nacional y en CUP. Si alguna operación se realiza en otra moneda, se tomará como referencia la tasa oficial del Banco Central de Cuba. También se exige conservar durante cinco años los documentos que respalden cada operación.
Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, se dispone el uso del nomenclador de cuentas de la actividad empresarial, las proformas de estados financieros establecidas y el principio del devengado para el registro de las operaciones.
La ONAT reiteró la importancia de consultar las vías oficiales, acudir a especialistas cuando existan dudas y mantenerse actualizado sobre las obligaciones fiscales para fortalecer la cultura tributaria.
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