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Cuba: determinan receso laboral los días tres y cuatro de enero

Los venideros días 3 y 4 de enero habrá en Cuba un receso en las actividades laborales, se anunció este viernes en la Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento).

El secretario del Consejo de Ministros, José Amado Ricardo, explicó que esta decisión reconoce el esfuerzo del pueblo cubano en 2024, que “ha enfrentado con desvelo en situaciones adversas y ha demostrado su capacidad de resistencia cumpliendo con extraordinaria dedicación y esfuerzo las tareas”.

Ricardo detalló que a partir de un decreto ley del primer ministro se definió el receso laboral con pago del salario los días viernes 3 y sábado 4 de enero de 2025 y se encargó a la ministra de Trabajo y Seguridad Social su implementación.

Durante la jornada de clausura del cuarto periodo ordinario de sesiones del Parlamento, se declaró al 2025 como el “Año 67 de la Revolución”.

Con Información de Cuba Si

Días de conmemoración nacional y feriados en Cuba

•    1ro de enero: Aniversario del Triunfo de la Revolución Cubana.
•    1ro de mayo: Día Internacional de los Trabajadores
•    26 de julio: Día de la Rebeldía Nacional.
•    10 de octubre: Aniversario del inicio de las Guerras de Independencia

Se declaran como feriados los días dos de enero, veinticinco y veintisiete de julio; veinticinco y treinta y uno de diciembre de cada año. La ley puede disponer otros días de conmemoración nacional y feriados.

En los días de conmemoración nacional y feriados, recesan las actividades laborales con excepción de las relacionadas con industrias de procesos de producción continua y otros trabajos y labores urgentes e inaplazables. Se incluyen en este caso los servicios de transporte, hospitalarios y asistenciales, farmacias, funerarias y cementerios; venta de combustible, servicios de hospedaje, centros turísticos, comunicaciones y otros autorizados por la ley.

Los restaurantes, cafeterías, espectáculos públicos, comercio de víveres y otras actividades relacionadas con la elaboración y venta de alimentos a la población laboran en el horario que señalan los órganos, organismos y entidades nacionales respectivos.

Cuando los días de conmemoración nacional primero de mayo y diez de octubre coinciden con un domingo, se traslada el descanso dominical para el lunes siguiente.

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